viernes, 6 de septiembre de 2013

Yogures con fecha de consumo preferente y no de caducidad

“En España, los yogures ya no tienen fecha de caducidad sino que la fecha es de consumo preferente, como en el resto de países de la Unión Europea”, aclaraba ayer jueves el ministro Arias Cañete durante la rueda de prensa en la sede del Ministerio para presentar la campaña de Productos Lácteos Sostenibles.

Arias Cañete explicaba que la exigencia de indicar la fecha de caducidad de los yogures, con el límite de los 28 días desde su fabricación —exigida anteriormente para este producto— se derogó mediante Real Decreto que se publicó en el BOE el 29 de marzo de este año.

En este sentido, el ministro explicaba que, con la normativa actual, no está autorizada la comercialización de productos alimenticios que hayan rebasado la fecha de consumo preferente. “Por lo tanto, el modelo griego no se puede trasladar a España y el Gobierno español no tiene intención de cambiar esa legislación”, aseguraba.

Arias Cañete recordaba también que la nueva norma de calidad del yogur se encuentra en estos momentos en tramitación reglamentaria, que ya ha sido notificada a la Unión Europea y que el plazo para que la Comisión Europea y los Estados miembros presenten alegaciones vence el próximo 23 de octubre, de modo que su tramitación en España seguirá adelante una vez finalice ese plazo.

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