lunes, 29 de abril de 2013

La sal como debe ser para uso alimentario

La sal, como ingrediente básico en la dieta, resulta fundamental para resaltar y potenciar de forma natural el sabor de los alimentos, además de poseer otras muchas propiedades, entre ellas su función conservante, como aglutinante de otros ingredientes o la capacidad para dar textura a los alimentos y así hacerlos más agradables al tacto y visualmente más atractivos y apetitosos.

La Asociación Ibérica de Fabricantes de Sal (AFASAL), entre cuyos objetivos se encuentra el de informar a los consumidores acerca de las características y ventajas de los productos salinos, informa en su página oficial sobre la Norma del Codex Alimentario —Comisión de la FAO y la OMS que establece las normas internacionales de los alimentos— aplicable a la sal de calidad alimentaria.

La norma se aplica a la sal utilizada como ingrediente de los alimentos, que se destina tanto a la venta directa al consumidor como a la industria alimentaria, así como a la utilizada en aditivos alimentarios o de nutrientes. 
 Se entiende por sal de calidad alimentaria el producto cristalino que consiste predominantemente en cloruro de sodio. Se obtiene del mar, de depósitos subterráneos de sal mineral o de salmuera natural.

El contenido de Cloruro de Sodio, NaCl, no debe ser inferior al 97% de la materia seca, con exclusión de los aditivos. El resto estará integrado por productos secundarios naturales, presentes en cantidades diversas según el origen y el método de producción de la sal, y compuestos sobre todo de sulfatos, carbonatos y bromurosy cloruros de calcio, potasio, magnesio y sodio. 

Cuando se emplee como vehículo de aditivos alimentarios o nutrientes por razones tecnológicas o de salud pública se utilizará sal de calidad alimentaria. En las zonas afectadas por la carencia de yodo, la sal de calidad alimentaria se yodará para prevenir los trastornos yodocarenciales (TCY) por motivos de salud pública. 

El nombre del producto, que habrá de declararse en la etiqueta, será "sal" y muy cerca del nombre "sal" deberá figurar la expresión "de calidad alimentaria", "de cocina" o "de mesa". Cuando la sal se utilice como vehículo de uno o más nutrientes, y se vende como tal al público por razones higiénicas, deberá declararse de forma apropiada, en la etiqueta, el nombre del producto, por ejemplo, "sal fluorada", "sal yodurada", "sal yodada", "sal enriquecida con hierro", "sal enriquecida con vitaminas", etc., según convenga.

En la etiqueta podrá indicarse bien el origen, bien el método de producción, siempre que tal indicación no induzca en error o engaño al consumidor. La Norma completa del Codex Alimentario puede consultarse en esta dirección.

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